Capitulaciones Matrimoniales



Las capitulaciones matrimoniales son contratos legales que actúan como convenios entre los futuros cónyuges, para separar los bienes adquiridos antes del matrimonio del patrimonio que se suma tras el mismo. También se le conoce en el ámbito jurídico como contrato prematrimonial. La firma del acta de capitulación matrimonial debe realizarse ante notario antes de celebrar las nupcias.

Tipos de regímenes de los matrimonios en España

En la legislación española se establece 3 tipos de regímenes económicos para los matrimonios los cuales son:

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1.- Régimen económico de gananciales.

  • Se estipula los beneficios obtenidos en el matrimonio común a ambos cónyuges.
  • En caso de divorcio los bienes se reparten equitativamente.
  • Es el bien más común de las capitulaciones matrimoniales en España.
  • Se diferencian dos tipos de bienes: los comunes y los privativos.
  • En caso de divorcio o separación los bienes comunes son los que se reparten en partes iguales.
  • Los bienes privativos son para cada uno de los cónyuges.
  • Cuando se va a liquidar el bien común de la sociedad conyugal se realiza el inventario de activos y pasivos.

2.- Régimen económico de separación de bienes

  • Cada cónyuge posee su patrimonio propio.
  • El aporte a la comunidad conyugal relativo al mantenimiento y cargas debe ser igualitario.

3.- Régimen de participación. Durante la unión conyugal cada uno tiene autonomía patrimonial. Al divorciarse se procede a realizar la división de bienes como el régimen de ganancias. Para liquidarlo se toma en cuenta el patrimonio inicial el cual se compone de bienes conyugales y heredados, además del patrimonio final para calcular la participación de cada cónyuge el porcentaje a recibir puede acordarse entre las partes.

En las capitulaciones matrimoniales se deja constancia del interés patrimonial de los cónyuges, el contenido del documento depende del tipo de régimen que se aplique a la sociedad conyugal y de lo acordado por las partes interesadas en el contrato prematrimonial.

¿Qué acuerdos pueden hacerse en una capitulación matrimonial?

Los interesados en realizar una capitulación matrimonial, acuden al notario para exponer su requerimiento, en la cual se pueden hacer los siguientes acuerdos aparte de la separación de los bienes patrimoniales:

  • Normas de convivencia.
  • Establecimiento de la comunidad conyugal.
  • Pago de compensación por concepto de adulterio o infidelidad
  • Acuerdo de manutención de los hijos
  • Inscripción de la capitulación matrimonial ante el registro civil

La capitulación matrimonial debe ser un documento de escritura pública y para inscribirla en el registro es necesario tener lo siguiente:

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  • 3 copias de la escritura.
  • Certificado de empadronamiento de los cónyuges.
  • Acudir al registro civil con los recaudos.
  • Entregarlos al funcionario autorizado.

Cuando el registrador civil legaliza la capitulación matrimonial, resguarda una copia certificada que se asienta en los archivos del registro civil y le entrega a la parte interesada las dos copias restantes certificadas.

Es importante que ambas partes acuerden el contenido que llevará la capitulación matrimonial para que se protejan sus derechos legales y de sus descendientes en el momento de separarse o divorciarse.

Formalidad de una capitulación matrimonial

Los documentos de capitulación matrimonial son firmados ante la notaría pública, con la validación del notario para luego proceder a registrarla en el registro civil donde se celebre el matrimonio. También puede gestionarse directamente por el registro civil. Para que tenga validez el acta se firma por las partes interesadas antes del casamiento.

La regulación de las capitulaciones matrimoniales se establece en el código civil español en los artículos 1325 al 1335.

  • En el artículo 1325: “Se estipula la modificación o sustitución del régimen económico de ese matrimonio u otras disposiciones por la razón del mismo”
  • Artículo 1326: “Las capitulaciones pueden otorgarse antes o incluso después de ser celebrado el matrimonio”
  • Artículo 1327: “Para que una capitulación tenga validez debe constar en escritura pública”
  • Artículo 1328: estipula la nulidad cuando hay limitación en la igualdad de derecho de los cónyuges.
  • Artículo 1329: Un menor no emancipado que contrae nupcias puede otorgar capitulaciones bajo el consentimiento de su tutor legal.
  • Artículo 1331: Las modificaciones de las capitulaciones matrimoniales deben realizarse en presencia de los otorgantes para que tengan validez, solo así se garantiza el derecho jurídico de las personas.
  • Artículo 1332: Las modificaciones se indican mediante una nota marginal en el acta.
  • Artículo 1333: Cuando se inscribe el matrimonio en el registro civil debe mencionarse las capitulaciones matrimoniales si las hubiese.
  • Artículo 1334: Una capitulación matrimonial prescribe si en el lapso de un año no se ha celebrado el matrimonio entre las partes.
  • Artículo 1335: Para invalidar una capitulación matrimonial el fedatario se regirá por las reglas generales de los contratos y la normativa vigente.

En las capitulaciones pueden incluirse normas de convivencia matrimoniales para prevenir crisis que afecten negativamente la relación de pareja. Merece la pena que antes de celebrar tu unión conyugal en caso que poseas bienes y propiedades prematrimoniales, celebres este tipo de contrato.

Requisitos para solicitar un documento de capitulación matrimonial a través del consulado

Los requisitos para solicitar un documento de capitulación matrimonial a través del consulado son diversos. Estos documentos deben adjuntarse en formato PDF y enviarlos al correo principal del consulado que corresponda. Los documentos requeridos son:

  • Formulario de solicitud llenado y firmado.
  • Certificado literal de matrimonio.
  • Copia de pasaportes
  • Copia de DNI
  • Matricula Consular

Una vez recibido el correo se otorga la cita por parte del consulado. El coste del trámite es de 70 euros los cuales se acreditan a través del instrumento de pago indicado por el consulado el día de la cita.

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¿Cuál es el coste de una capitulación matrimonial en España?

Cuando hay acuerdo entre las partes la separación de bienes se realiza en cualquier momento. El coste por trámite de capitulación matrimonial varía de 40 a 70 euros. Se debe acudir a una notaría para realizar la solicitud de la capitulación.

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